El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja tiene
su fundamento en un ideal: aliviar el sufrimiento humano a quienquiera que
afecte, y donde y comoquiera que se produzca. En todo momento, los siete Principios Fundamentales constituyen la base de la
actuación del Movimiento. En términos más generales, el Movimiento reexamina y
perfecciona constantemente su forma de trabajar, a fin de asegurar que sus acciones
beneficien al máximo a las personas que pretende servir.
En el Código de conducta relativo al socorro en casos de
desastre para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna
Roja y las organizaciones no gubernamentales se expresa más detalladamente la
ética de la acción humanitaria. Este Código de conducta fue elaborado en 1994
por la Federación Internacional, el Comité Internacional de la Cruz
Roja (CICR) y otros seis organismos principales de ayuda, y
constituyó un gran paso adelante en el establecimiento de normas para la
ejecución de operaciones de socorro en casos de desastre. En él se
reafirman los principios humanitarios básicos de humanidad, imparcialidad eindependencia, y se incorporan conceptos más recientes del ámbito
del desarrollo, como el respeto de la cultura, la participación, la
sostenibilidad, la rendición de cuentas y la dignidad.
Las diez
normas del Código de conducta subrayan, entre otras cosas, el
derecho de las poblaciones afectadas por desastres a recibir asistencia
humanitaria sin discriminación y la función capital que desempeñan las mujeres
en las comunidades propensas a los desastres. Hacen hincapié también en la
protección y la preservación de la dignidad de los beneficiarios. El Código de
conducta contiene tres anexos, con recomendaciones dirigidas respectivamente a los
gobiernos de países afectados por desastres, los gobiernos donantes y las
organizaciones intergubernamentales. La idea central de las recomendaciones es
que es necesario asegurar el acceso rápido a las víctimas de los desastres, la
prestación oportuna de asistencia apropiada y el respeto de la independencia y
la imparcialidad de las organizaciones humanitarias.
Otra iniciativa de este
tipo es el Proyecto Esfera,
lanzado en 1997 por el Movimiento y un grupo de organizaciones no
gubernamentales. Uno de sus principales pilares es el documento Manual del Proyecto Esfera:
Carta Humanitaria y normas mínimas de respuesta humanitaria en casos de
desastre. La Carta Humanitaria defiende el derecho de las personas
afectadas por desastres o conflictos armados a una vida digna y, por lo tanto,
a recibir asistencia para cubrir sus necesidades básicas. Este derecho está
consagrado no sólo en el derecho internacional
humanitario, sino también en los derechos humanos
internacionales y elderecho de los refugiados.
Son los gobiernos quienes deben garantizar este derecho, aunque los organismos
humanitarios pueden brindar asistencia donde sea necesaria. Además, la Carta
Humanitaria subraya la distinción que debe hacerse en
situaciones de conflicto armado entre combatientes y no combatientes y
el principio de no devolución (que
ningún refugiado sea enviado a un país en el que su vida o libertad estén
amenazadas). Las normas mínimas especifican el nivel requerido de asistencia
humanitaria en materia de abastecimiento de agua, saneamiento, nutrición, ayuda
alimentaria, refugio, asentamiento y planificación de emplazamientos, y
atención de salud.
Código de Conducta
Normas de conducta para
el Movimiento Internacional de la
Cruz Roja y de la Media
Luna Roja y las organizaciones no gubernamentales en programas motivados
por catástrofes
1. Lo primero es el
deber humanitario
El derecho a recibir y a
brindar asistencia humanitaria constituye un principio humanitario
fundamental que asiste a todo ciudadano en todo país. En calidad de miembros
de la comunidad internacional reconocemos nuestra obligación de prestar asistencia
humanitaria doquiera sea necesaria. De ahí, la trascendental importancia dellibre
acceso a las poblaciones afectadas en el cumplimiento de esa
responsabilidad.
La principal motivación
de nuestra intervención a raíz de catástrofes es aliviar el sufrimiento
humano entre quienes están menos preparados para soportar las consecuencias
de una catástrofe. La ayuda humanitaria que prestamos no responde a intereses
partidistas ni políticos y no debe interpretarse en ese sentido.
2. La ayuda prestada no está
condicionada por la raza, el credo o la nacionalidad de los beneficiarios
ni ninguna otra distinción de índole adversa. El orden de prioridad de la
asistencia se establece únicamente en función de las necesidades.
Siempre que sea posible,
la prestación de socorro deberá fundamentarse en una estimación minuciosa
de las necesidades de las víctimas de las catástrofes y de la capacidad de
hacer frente a esas necesidades con los medios disponibles localmente.
En la totalidad de
nuestros programas reflejaremos las consideraciones pertinentes respecto a
la proporcionalidad. El sufrimiento humano debe aliviarse en donde quiera que
exista; la vida tiene tanto valor en una parte del país, como en cualquier
otra. Por consiguiente, la asistencia que prestemos guardará consonancia
con el sufrimiento que
se propone mitigar. Al
aplicar este enfoque, reconocemos la función capital que desempeñan las
mujeres en las comunidades expuestas a catástrofes, y velaremos por que en
nuestros programas de ayuda se apoye esa función, sin restarle importancia.
La puesta en práctica de esta política universal, imparcial e
independiente sólo será efectiva si nosotros y nuestros asociados podemos
disponer de los recursos necesarios para proporcionar esa ayuda equitativa
y tener igual acceso a todas las víctimas de catástrofes.
3. La ayuda no se
utilizará para favorecer una determinada opinión política o
religiosa
La ayuda humanitaria se
brindará de acuerdo con las necesidades de los individuos, las familias y
las comunidades. Independientemente del derecho de filiación política o religiosa
que asiste a toda organización no gubernamental de carácter humanitario, afirmamos
que la ayuda que prestemos no obliga en modo alguno a los beneficiarios a suscribir
esos puntos de vista. No supeditaremos la promesa, la prestación o la distribución
de ayuda al hecho de abrazar o aceptar una determinada doctrina política o
religiosa.
4. Nos empeñaremos en no
actuar como instrumentos de política exterior gubernamental Las
organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario son
organizaciones que actúan con independencia de los Gobiernos. Así,
formulamos nuestras propias
4políticas y estrategias
para la ejecución de actividades y no tratamos de poner en práctica la
política de ningún Gobierno, que sólo aceptamos en la medida en que coincida
con nuestra propia política independiente. Ni nosotros ni nuestros
empleados aceptaremos nunca, a sabiendas – o por negligencia - ser
utilizados para recoger información de carácter político, militar o
económico que interese particularmente a los Gobiernos o a otros órganos y
que pueda servir para fines distintos de los estrictamente humanitarios,
ni actuaremos como instrumentos de la política exterior de Gobiernos
donantes. Utilizaremos la asistencia que recibamos para atender las necesidades
existentes, sin que la motivación para suministrarla sea la voluntad de deshacerse
de productos excedentarios ni la intención de servir los intereses
políticos de un determinado donante. Apreciamos y alentamos la donación
voluntaria de fondos y servicios por parte de personas interesadas en
apoyar nuestro trabajo y reconocemos la independencia de acción promovida
mediante la motivación voluntaria de esa índole. Con el fin de proteger
nuestra independencia, trataremos de no depender de una sola fuente de
financiación.
5. Respetaremos la
cultura y las costumbres locales
Nos empeñaremos en
respetar la cultura, las estructuras y las costumbres de las
comunidades y los países
en donde ejecutemos actividades.
6. Trataremos de
fomentar la capacidad para hacer frente a catástrofes utilizando las
aptitudes y los medios disponibles a nivel local Incluso en una situación
de desastre, todas las personas y las comunidades poseen aptitudes no
obstante su vulnerabilidad. Siempre que sea posible, trataremos de fortalecer
esos medios y aptitudes empleando a personal local, comprando materiales sobre
el terreno y negociando con empresas nacionales. Siempre que sea posible,
la asociación con organizaciones no gubernamentales locales de carácter
humanitario en la planificación y la ejecución de actividades y, siempre
que proceda, cooperaremos con las estructuras gubernamentales.
Concederemos alta prioridad a la adecuada coordinación de nuestras
intervenciones motivadas por emergencias. Desempeñarán esta función de
manera idónea en los distintos países afectados quienes más directamente
participen en las operaciones de socorro, incluidos los representantes de organismos
competentes del sistema de las Naciones Unidas.
7. Se buscará la forma
de hacer participar a los beneficiarios de programas en la administración
de la ayuda de socorro Nunca debe imponerse a los beneficiarios la
asistencia motivada por un desastre. El socorro será más eficaz y la
rehabilitación duradera podrá lograrse en mejores condiciones cuando los
destinatarios participen plenamente en la elaboración, la gestión y la
ejecución del programa de asistencia. Nos esforzaremos para obtener la plena
participación de la comunidad en nuestros programas de socorro y de rehabilitación.
8. La ayuda de socorro
tendrá por finalidad satisfacer las necesidades básicas y, además, tratar
de reducir en el futuro la vulnerabilidad ante los desastres
Todas las operaciones de
socorro influyen en el desarrollo a largo plazo, ya sea en sentido
positivo o negativo. Teniendo esto presente, trataremos de llevar a cabo programas
de socorro que reduzcan de modo concreto la vulnerabilidad de los beneficiarios
ante futuros desastres y contribuyan a crear modos de vida sostenibles.
5 Prestaremos particular
atención a los problemas ambientales en la elaboración y la gestión de
programas de socorro. Nos empeñaremos, asimismo, en reducir a un mínimo
las repercusiones perjudiciales de la asistencia humanitaria, evitando
suscitar la dependencia a largo plazo de los beneficiarios en la ayuda
externa.
9. Somos responsables
ante aquellos a quienes tratamos de ayudar y ante las personas o las
instituciones de las que aceptamos recursos
A menudo funcionamos
como vínculo institucional entre quienes desean prestar asistencia y
quienes la necesitan durante los desastres. Por consiguiente, somos responsables
ante los unos y los otros. En nuestras relaciones con los donantes y con los
beneficiarios hemos de observar siempre una actitud orientada hacia la apertura
y la transparencia. Reconocemos la necesidad de informar acerca de
nuestras actividades, tanto desde el punto de vista financiero como en lo
que se refiere a la eficacia. Reconocemos la obligación de velar por la
adecuada supervisión de la distribución de la asistencia y la realización
de evaluaciones regulares sobre las consecuencias asociadas al socorro.
Nos esforzaremos también por informar de manera veraz acerca de las
repercusiones de nuestra labor y de los factores que las imitan o
acentúan. Nuestros programas reposarán sobre la base de elevadas normas de
conducta profesional y pericia, de manera que sea mínimo el desperdicio de valiosos
recursos.
10. En nuestras
actividades de información, publicidad y propaganda, reconoceremos a las
víctimas de desastres como seres humanos dignos y no como objetos que
inspiran compasión Nunca debe perderse el respeto por las víctimas de los
desastres, que deben ser consideradas como asociados en pie de igualdad.
Al informar al público, deberemos presentar una imagen objetiva de la
situación de desastre y poner de relieve las aptitudes y aspiraciones de
las víctimas y no sencillamente su vulnerabilidad y sus temores. Si bien
cooperaremos con los medios de información para suscitar un mayor respaldo
público, en modo alguno permitiremos que las exigencias internas o
externas de publicidad se antepongan al principio de lograr una máxima
afluencia de la asistencia humanitaria. Evitaremos competir con otras
organizaciones de socorro para captar la atención de los medios
informativos en situaciones en las que ello pueda ir en detrimento del
servicio prestado a los beneficiarios o perjudique su seguridad y la d
nuestro personal.
Recomendaciones a los
Gobiernos de países en los que ocurran desastres
1. Los gobiernos deberán
reconocer y respetar el carácter independiente, humanitario e imparcial de
las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
Las organizaciones no
gubernamentales de carácter humanitario son organismos independientes. Los
Gobiernos de países beneficiarios deberán respetar su independencia y su
imparcialidad.
2. Los gobiernos de
países beneficiarios deberán facilitar el acceso rápido de las
organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario a las víctimas
de los desastres Para que las organizaciones no gubernamentales de
carácter humanitario puedan actuar plenamente de acuerdo con sus
principios humanitarios, deberá facilitárseles el acceso rápido e
imparcial a las víctimas con el fin de que puedan prestar asistencia humanitaria.
En el marco del ejercicio de su responsabilidad soberana, el gobierno receptor
no deberá bloquear esa asistencia, y habrá de aceptar el carácter imparcial
y apolítico de la labor de las organizaciones no gubernamentales de
carácter humanitario. Los gobiernos de los países beneficiarios deberán
facilitar la rápida entrada del personal de socorro, en particular
mediante la derogación de requisitos para la concesión de visados de
tránsito, ingreso y salida, o la simplificación del procedimiento para su
expedita obtención. Los Gobiernos deberán conceder permiso para que las
aeronaves que transporten suministros y personal de socorro internacional
puedan sobrevolar su territorio y aterrizar en él durante la fase de urgencia
de la operación de socorro.
3. Los Gobiernos deberán
facilitar el movimiento oportuno de los artículos de socorro y la
circulación de las informaciones durante los desastres
Los suministros y el
equipo de socorro llegan al país únicamente con el fin de aliviar el
sufrimiento humano y no para obtener beneficios o ganancias comerciales.
En condiciones normales, esos suministros deberán circular libremente y
sin restricciones y no estarán sujetos a la presentación de facturas o
certificados de origen refrendados por consulados, ni de licencias de
importación y exportación, o cualquier otra restricción, ni a derechos de
importación ni de aterrizaje ni a derechos portuarios. El gobierno del
país afectado deberá facilitar la importación transitoria del equipo de socorro
necesario, incluidos vehículos, aviones ligeros y equipo de telecomunicaciones,
mediante la supresión transitoria de restricciones en materia de autorizaciones
o certificaciones. Asimismo, una vez finalizada una operación de
socorro, los Gobiernos
no deberán imponer restricciones para la salida del equipo importado. Con
el fin de facilitar las comunicaciones en una situación de emergencia, convendrá
que el Gobierno del país afectado designe ciertas radiofrecuencias que las
7 organizaciones de socorro puedan utilizar
para las comunicaciones nacionales e internacionales que atañan al
desastre, y den a conocer previamente esas frecuencias a la comunidad que
trabaja en esa esfera de actividad. Deberá autorizarse al personal de socorro
a utilizar todos los medios de comunicación que convenga a las
operaciones de asistencia.
4. Los Gobiernos
tratarán de proporcionar un servicio coordinado de información y
planificación La planificación general y la coordinación de los esfuerzos
de socorro incumben, en definitiva, al Gobierno del país afectado. La
planificación y la coordinación pueden mejorarse de manera significativa
si se facilita a las organizaciones no gubernamentales de carácter
humanitario la información oportuna sobre las necesidades de socorro, así
como sobre los sistemas establecidos por el Gobierno para la planificación
y el desarrollo de las operaciones de socorro y sobre los posibles riesgos
en materia de seguridad. Se insta a los Gobiernos a que proporcionen esa información
a las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario. Con el fin
de facilitar la coordinación y la utilización eficaces de los esfuerzos en
materia de socorro, se insta igualmente a los Gobiernos a que, antes de
que ocurra un desastre, designen un cauce especial de contacto a través
del cual las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario que
acudan para prestar ayuda puedan comunicarse con las autoridades
nacionales.
5. Socorro motivado por
catástrofes, en caso de conflicto armado
En caso de conflicto
armado, las operaciones de socorro se regirán con arreglo a las disposiciones
del derecho internacional humanitario.
Recomendaciones a los Gobiernos
donantes
1. Los Gobiernos
donantes deberán reconocer y respetar la labor independiente humanitaria e
imparcial de las organizaciones no gubernamentales de carácter
humanitario Las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
son organismos independientes cuya independencia e imparcialidad deben
respetar los Gobiernos donantes. Los Gobiernos donantes no deberán
servirse de las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
para promover objetivos políticos ni ideológicos.
2. Los Gobiernos
donantes deberán proporcionar fondos con la garantía de que respetarán la
independencia de las operaciones Las organizaciones no gubernamentales de
carácter humanitario aceptan fondos y asistencia material de los Gobiernos
donantes conforme a los mismos principios por los que se rigen para
entregarlos a las víctimas de los desastres, es decir, basándose para su
acción únicamente en los criterios de humanidad e independencia. En lo
que se refiere a su ejecución, las actividades de socorro incumben, en
última instancia, a la organización no gubernamental de carácter
humanitario, y se llevarán a cabo de acuerdo con la política de esa
organización.
3. Los Gobiernos
donantes deberán emplear sus buenos oficios para ayudar a las
organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario a lograr el
acceso a las víctimas de catástrofes Los Gobiernos donantes deberán
reconocer cuán importante es aceptar cierto nivel de responsabilidad en
cuanto a la seguridad y la libertad de acceso del personal de la organización
no gubernamental de carácter humanitario a las zonas siniestradas. Deberán
estar dispuestos a interceder por vía diplomática si es necesario, ante
los gobiernos beneficiarios con respecto a esas cuestiones.
Anexo III:
Recomendaciones a las organizaciones internacionales
1. Las organizaciones
intergubernamentales admitirán a las organizaciones no gubernamentales de
carácter humanitario nacionales y extranjeras como asociadas
valiosas Las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
están dispuestas a trabajar con las Naciones Unidas y con otras
organizaciones intergubernamentales para aportar mejor asistencia a raíz
de catástrofes. Obedecen a un espíritu de asociación que respeta la
integridad y la independencia de todos los asociados. Las organizaciones
intergubernamentales deben respetar la independencia y la imparcialidad de
las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario. Los organismos
del sistema de las Naciones Unidas deberán consultar a las organizaciones no
gubernamentales de carácter humanitario en la preparación de planes de
socorro.
2. Las organizaciones
intergubernamentales ayudarán a los Gobiernos
de países afectados a
establecer un sistema general de coordinación para el socorro nacional e
internacional en los casos de desastre Según su mandato, no suele incumbir
a las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario encargarse
de la coordinación general que requiere la intervención internacional
motivada por una catástrofe. Esa responsabilidad corresponde al Gobierno
del país afectado y a las autoridades competentes de las Naciones Unidas.
Se exhorta a éstas a que proporcionen ese servicio en el momento oportuno
y de manera eficaz a fin de ayudar al Estado afectado y a la comunidad nacional
e internacional a hacer frente al desastre. De cualquier manera, las organizaciones
no gubernamentales de carácter humanitario desplegarán todos los esfuerzos
necesarios para velar por la eficaz coordinación de sus propios
servicios.
En caso de conflicto,
las actividades de socorro se regirán de conformidad con las disposiciones
que convenga del derecho internacional humanitario.
3. Las organizaciones
intergubernamentales aplicarán a las organizaciones no gubernamentales de
carácter humanitario las mismas medidas de protección de su seguridad que
a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas
Siempre que se prevean
servicios de seguridad para las organizaciones intergubernamentales, se
extenderá su alcance, si es necesario, a las organizaciones no gubernamentales
de carácter humanitario que actúen como asociadas suyas para las operaciones,
siempre que se lo solicite. 9
4. Las organizaciones
intergubernamentales facilitarán a las organizaciones no gubernamentales
de carácter humanitario el mismo acceso a la información pertinente que a
las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas
Se insta a las
organizaciones intergubernamentales a que compartan toda la información
oportuna para la respuesta efectiva al desastre, con las organizaciones
no gubernamentales de carácter humanitario que actúen como asociadas suyas
en las operaciones de socorro.



Muy cierto a veces las personas son muy imprudentes en reorganizarse para buscar su autonomía en estos temas, se busca orientar adecuadamente a la población para que mejoren su estado de afectados.
ResponderEliminarMe parece muy interesante las recomendaciones a los gobiernos de países en los que ocurran desastres ya que deben facilitar a los gobiernos no gubernamentales la asistencia que ellos necesitan, pero con el reglamento del código de conducta.
ResponderEliminarMe parece muy acertada la creación de normas de conducta para la ayuda humanitaria en situaciones de catastrofe y conflicto... y necesaria su difusión, buen blog.
ResponderEliminarEsto puede contribuir a una cierta competencia mutua para ganar visibilidad en los Medios de Comunicación y reconocimiento público. A su vez muchas de ellas trabajan en contextos muy difíciles, de conflicto armado, lo que suscita serios dilemas morales y operativos a su trabajo.
ResponderEliminarmediante estos codigos hara valer nuestros derechos cuando se atravieze situaciones adversas por eso es importante conocer las nprmas para poner en practica y evitar que nadie lucra de esto ya que el proyecto esfera el objetivo es proporcionar ayuda con la interracioó de los paises internacionales...
ResponderEliminarConsidero de mucha importancia la recomendación para los Gobiernos de países en los que ocurren los desastres, ya que estos deben facilitar en la mayor medida posible el trabajo que realizaran estas ONGs.
ResponderEliminarconsidero que somo una comunidad muy vulnerable a tipos de desastre ´puesto y es poe ello que debemos tener en cuenta las normas minimas del proyecta esfera para asi poder orientarnos a la hora de ayudar y tambien para ser mas resilientes frente a diversas situaciones
ResponderEliminarQue importante es esta iniciativa de la Cruz Roja,Media Luna Roja y ONGs , de pensar en la ayuda humanitaria en respuesta a los desastres naturales, ligado ahora a un código de conducta haciendo valer a la vez nuestros derechos.
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